Salas de cine
PROYECCIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES EN SALAS DE CINE
Cuando la obra audiovisual sea proyectada en lugares públicos mediante el pago de un precio de entrada, los autores tendrán derecho a percibir de los exhibidores un porcentaje de los ingresos de dicha exhibición pública, de acuerdo con las tarifas generales establecidas por DAMA. También cuando la proyección, exhibición o transmisión de una obra audiovisual se realice sin exigir pago de precio de entrada. Estos derechos de remuneración son irrenunciables y se recaudan por la entidad de gestión de los derechos de propiedad intelectual.
DAMA sólo administra y gestiona los derechos de autor correspondientes a las obras que sus autores socios directamente le han encomendado, o el repertorio de obras de aquellas entidades extranjeras que le han asignado a DAMA en España su gestión mediante un contrato de representación o reciprocidad
Las tarifas generales para la exhibición pública de películas cinematográficas en salas comerciales son del 2% de los ingresos en taquilla, previa deducción del IVA.
DAMA tiene firmados convenios con las principales Federaciones de Exhibidores de Cine. Dichos convenios contienen bonificaciones y deducciones a las empresas asociadas:
- 5% de bonificación por pertenencia a la Asociación.
- 5% de bonificación por la domiciliación bancaria de los pagos.
- 5% de bonificación por declaración mensual de exhibición de películas y recaudación de taquilla.
- 5% de bonificación por el pago de las facturas emitidas dentro de un plazo no superior a los 50 días de su fecha de emisión.
Además, los empresarios de salas de exhibición cinematográfica que durante el año anterior, estando al corriente de pago en los derechos de autor, y durante la vigencia del presente Convenio, hayan obtenido una recaudación anual bruta inferior a 105.726,56 euros (actualizado según IPC) tendrán una bonificación del 5% adicional a lo dispuesto en los puntos anteriores.
Anexo I. Hoja de adhesión al convenio suscrito
Anexo II. Domiciliación bancaria de los pagos
Anexo III. Declaración mensual de exhibición y recaudación de taquilla

