PROGRAMA PROYECTA

En DAMA consideramos que el desarrollo de la actividad profesional de los autores y las autoras audiovisuales en unas condiciones vitales, materiales y laborales óptimas constituye la base para la existencia de una industria audiovisual fuerte y justa con los derechos de los creadores y las creadoras.

El Programa Proyecta de DAMA surge con la vocación de generar más oportunidades a los socios y las socias de DAMA a través de dos líneas de ayuda. Una de ellas está dirigida a sufragar los gastos inherentes a la fase de desarrollo de proyectos audiovisuales y apoyar la presencia de autores en eventos promocionales. La otra línea del Programa Proyecta aspira a facilitar el acceso a la formación continua de nuestros socias y socios. 

Esta iniciativa va dirigida a todas las socias y todos los socios de DAMALa convocatoria es abierta y continua. En el caso de las becas de formación, la resolución de la concesión se hará de forma trimestral, mientras que las ayudas a la promoción se concederán de forma mensual. 

El pago de esta ayuda se efectuará una vez que el beneficiario haya acreditado su participación en la actividad y haya presentado a DAMA los justificantes de los gastos previamente aprobados (facturas, recibos, etc.). 

Accede a las bases completas del Programa Proyecta en el área de socios. 

CONOCE LAS DOS LÍNEAS DE AYUDAS

BECAS PARA LA FORMACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL 

Las becas DAMA para formación tienen como objetivo generar mayores oportunidades a los autores a través de la formación audiovisual oficial y no oficial, tanto nacional como internacional, en centros de formación de reconocido prestigio. Las becas van dirigidas a financiar parte de los costes de formación de los autores. 

 

¿Para qué se puede pedir esta beca? 

Esta beca está diseñada como una aportación económica complementaria para los siguientes casos: 

       a.- Formación audiovisual oficial nacional e internacional que incluye: masters, postgrados, doctorados, etc. 

       b.- Formación audiovisual no oficial nacional e internacional que incluyen: cursos, talleres, seminarios, etc. 

 

¿Qué cuantía económica tiene esta beca? 

La aportación máxima de DAMA se hará según el siguiente baremo y no podrá superar los 4.000€ (impuestos incluidos) anuales por socio. Se aplicará las correspondientes retenciones de IRPF. 

Concepto

 

Importe máximo 
Cursos nacionales  Hasta 500€ 
Cursos internacionales   Hasta 2.000€ 
Másters nacionales  Hasta 2.000€ 
Másters internacionales   Hasta 4.000€ 
Para cursos de alta demanda se estudiará el importe en función del número de solicitudes y la capacidad presupuestaria. 

 

Para el cálculo de la cantidad solicitada se tendrá en cuenta el precio de matrícula del curso, los costes de desplazamiento, de manutención y alojamiento.  

El pago de esta ayuda se efectuará una vez que el beneficiario haya acreditado su participación en la formación y haya presentado a DAMA los justificantes de los gastos previamente aprobados (facturas, recibos, etc.). 

Si la actividad no se llevara a cabo, incluso por motivos ajenos al beneficiario, éste perdería el derecho a la ayuda. 

Las ayudas económicas están condicionadas a disponibilidad presupuestaria y en particular limitadas por (i) los importes globales aprobados por la Comisión de Fondos y el Consejo de Administradores, y (ii) el crédito disponible en el momento de resolución de las solicitudes, que serán examinadas por orden de presentación. Para eventos de alta demanda, se podrá establecer un número máximo de beneficiaros y/o un tope a la suma total de ayudas concedidas para el mismo. 

AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN  NACIONAL E INTERNACIONAL 

ASISTENCIA A EVENTOS

Estas ayudas DAMA para la promoción nacen con el objetivo de fomentar la proyección de las propuestas audiovisuales, favoreciendo la circulación y presencia de creaciones de autoras o autores en foros, festivales, encuentros y mercados de la industria audiovisual, tanto nacionales como internacionales. Las ayudas DAMA van dirigidas a financiar parte de los costes de asistencia de los autores a festivales y otros certámenes. 

 

¿Para qué puedes pedir esta ayuda? 

Los socios de DAMA podrán solicitar esta ayuda en los siguientes casos:  

  1. Cuando una de sus obras haya sido seleccionada en un festival o certamen nacional o  internacional.
  2. Cuando se requiera o sea relevante a efectos de promoción su participación en una feria o mercado nacional o internacional.
  3. Cuando se requiera o sea relevante su participación en otros eventos destinados a la promoción nacional o internacional.

En el caso de propuestas de obras en coautoría, cada uno de los autores se presentará a esta ayuda de forma individual. 

El carácter de estas ayudas es subsidiario: el solicitante debe declarar bajo su responsabilidad, que ni la organización del evento, la productora u otro tercero cubren estos gastos de participación o desplazamiento por los que se solicita la ayuda. 

 

¿Qué cuantía económica tiene esta ayuda y cuándo se efectúa el pago? 

La aportación máxima de DAMA se hará según el siguiente baremo y no podrá superar los 2.000€ (impuestos incluidos) anuales por socio. Se aplicará las correspondientes retenciones de IRPF. 

Concepto 
Importe máximo 
Festivales nacionales  Hasta 900€ 
Festivales internacionales  Hasta 2.000€ 
Foros, congresos, etc. nacionales  Hasta 900€ 
Foros, congresos, etc. internacionales  Hasta 2.000€ 
Para eventos de alta demanda se estudiará el importe en función del número de solicitudes y la capacidad presupuestaria. 

 

La ayuda se destinará fundamentalmente a gastos de acreditaciones, viaje y alojamiento.  

El pago de esta ayuda se efectuará una vez que el beneficiario haya acreditado su participación en la actividad y haya presentado a DAMA los justificantes de los gastos previamente aprobados (facturas, recibos, etc.). 

Si la actividad no se llevara a cabo, incluso por motivos ajenos al beneficiario, éste perdería el derecho a la ayuda. 

Las ayudas económicas están condicionadas a disponibilidad presupuestaria, y en particular limitadas por (i) los importes globales aprobados por la Comisión de Fondos y el Consejo de Administradores, y (ii) el crédito disponible en el momento de resolución de las solicitudes, que serán examinadas por orden de presentación. Para eventos de alta demanda, se podrá establecer un número máximo de beneficiaros y/o un tope a la suma total de ayudas concedidas para el mismo. 

 

DOCUMENTACIÓN, TRADUCCIÓN Y DISEÑO

Las ayudas DAMA para la documentación, traducción y diseño pretenden ayudar a sufragar parte de los gastos inherentes a la fase de desarrollo de los proyectos audiovisuales. DAMA es consciente de la complejidad y la alta concurrencia de proyectos en la actual industria audiovisual; en esa línea, estas ayudas permiten a los socios y socias de DAMA poder mitigar el coste del desarrollo de proyectos independientes y aumentar así sus posibilidades de creación autoral.

 

¿Para qué puedes pedir esta ayuda? 

Los socios de DAMA podrán solicitar esta ayuda en los siguientes casos:  

  1. Cuando necesiten mejorar la documentación previa al desarrollo del proyecto, que incluirían contratar a un especialista, acceder a bases de datos, adquirir libros y revistas especializadas.
  2. Cuando tengan que traducir un guion y/o los materiales de ventas para acceder a una productora, un mercado, una convocatoria, una sesión de pitch, etc.
  3. Cuando se precise maquetar y diseñar un documento de venta para presentarlo a una productora, una sesión de pitch, un mercado, una convocatoria, etc.

 

¿Qué cuantía económica tiene esta ayuda y cuándo se efectúa el pago? 

La aportación máxima de DAMA se hará según el siguiente baremo y no podrá superar los 2.000€ (impuestos incluidos) anuales por socio. Se aplicará las correspondientes retenciones de IRPF.

Concepto 
Importe máximo 
Documentación  Hasta 500€ 
Traducción de guiones y dossiers de venta  Hasta 1.000€ 
Diseño de materiales promocionales  Hasta 1.500€ 

 

El pago de las ayudas tendrá carácter nominativo. Estas serán pagadas al socio/a como persona física, nunca a la productora (personas jurídicas). El carácter de estas ayudas es subsidiario: el solicitante debe declarar bajo su responsabilidad, que ni la productora, ni el distribuidor, ni otro agente cubren estos gastos de documentación, traducción y diseño por los que se solicita la ayuda.

El pago de esta ayuda se efectuará una vez que el beneficiario haya acreditado la realización de los servicios y haya presentado a DAMA los justificantes de los gastos previamente aprobados (facturas, recibos, etc.). El pago efectivo se realizará en el plazo de 15 días laborables, una vez se dé como válida y aceptada la documentación aportada.

Las ayudas económicas están condicionadas a disponibilidad presupuestaria, y en particular limitadas por (i) los importes globales aprobados por la Comisión de Fondos y el Consejo de Administradores, y (ii) el crédito disponible en el momento de resolución de las solicitudes, que serán examinadas por orden de presentación. Para eventos de alta demanda, se podrá establecer un número máximo de beneficiaros y/o un tope a la suma total de ayudas concedidas para el mismo.

¿Cómo puedo solicitar mi ayuda? 

La solicitud de la ayuda se hará a través del área de socios